lunes, 23 de abril de 2012

Clasificacion de especies en peligro

 Clasificación

Categorías de riesgo en México

En México se clasifica en cuatro fases las especies que se encuentran en riesgo como se va mostrar a continuación, esto de acuerdo a las norma establecida "Norma Oficial Mexicana NOM-059"  está norma se encuentra como NOM-059-Ecol-2001.pdf | NOM-059-SEMARNAT-2010   la cual especifica las especies que se encuentran actualmente en riesgo todo esto debidamente clasificado.

  • Probablemente extinta en el medio silvestre 
Aquella especie nativa de México cuyos ejemplares en vida libre dentro del territorio nacional han desaparecido, hasta donde la documentación y los estudios realizados lo prueban, y de la cual se conoce la existencia de ejemplares vivos, en confinamiento o fuera del territorio mexicano.

  • En peligro de extinción 
Aquellas especies cuyas áreas de distribución o tamaño de sus poblaciones en el territorio nacional han disminuido drásticamente poniendo en riesgo su viabilidad biológica en todo su hábitat natural, debido a factores tales como la destrucción o modificación drástica del hábitat, aprovechamiento no sustentable, enfermedades o depredación, entre otros. 

  • Amenazadas
Aquellas especies, o poblaciones de las mismas, que podrían llegar a encontrarse en peligro de desaparecer a corto o mediano plazos, si siguen operando los factores que inciden negativamente en su viabilidad, al ocasionar el deterioro o modificación de su hábitat o disminuir directamente el tamaño de sus poblaciones. 

  • Sujetas a protección especial 
Aquellas especies o poblaciones que podrían llegar a encontrarse amenazadas por factores que inciden negativamente en su viabilidad, por lo que se determina la necesidad de propiciar su recuperación y conservación o la recuperación y conservación de poblaciones de especies asociadas. 


Categorías de riesgo en el mundo 

Las definiciones utilizadas actualmente por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN, por sus siglas en inglés) son complejas para ser más objetivas.  A continuación se presentan algunas de las condiciones necesarias para que las especies pertenezcan a las diferentes categorías. 

 
Extinta (EX)
Cuando no hay duda razonable que el último individuo de una especie ha muerto.
Extinta en vida silvestre (EW)

Cuando los individuos de una especie solo sobreviven en cautiverio o en poblaciones fuera de su área de distribución histórica.
En peligro crítico (CR) 

Cuando una especie enfrenta un alto riesgo de extinción en la naturaleza debido a:
  • Una reducción en el tamaño de su población (de más del 90%) durante los últimos 10 años y se entienden las causas de la disminución y es reversible.
  • Una reducción en el tamaño de su población (de más del 80%) durante los últimos 10 años si no se entienden las causas de la disminución o no es reversible.
  • Si el área de los límites externos de su distribución es menor a 100 km2.
  • Si el área ocupada es menor a 10 km2.
  • Si su población es menor a 250 individuos maduros y continua reduciéndose.
  • Si su población es menor a 50 individuos maduros aunque esté estable.
En peligro (EN)

Cuando una especie enfrenta un alto riesgo de extinción en la naturaleza debido a:
  • Una reducción en el tamaño de su población (de más del 70%) durante los últimos 10 años y se entienden las causas de la disminución y es reversible.
  • Una reducción en el tamaño de su población (de más del 50%) durante los últimos 10 años si no se entienden las causas de la disminución o no es reversible.
  • Si el área de los límites externos de su distribución es menor a 5,000 km2
  • Si el área ocupada es menor a 500 km2.
  • Si su población es menor a 2,500 individuos maduros y continua reduciéndose.
  • Si su población es menor a 250 individuos maduros aunque esté estable
Vulnerable (VU)

Cuando una especie enfrenta un alto riesgo de extinción en la naturaleza debido a:
  • Una reducción en el tamaño de su población (de más del 50%) durante los últimos 10 años y se entienden las causas de la disminución y es reversible
  • Una reducción en el tamaño de su población (de más del 30%) durante los últimos 10 años si no se entienden las causas de la disminución o no es reversible
  • Si el área de los límites externos de su distribución es menor a 20,000 km2
  • Si el área ocupada es menor a 2,000 km2
  • Si su población es menor a 10,000 individuos maduros y continua reduciéndose
  • Si su población es menor a 1,000 individuos maduros aunque esté estable.
Cercanamente amenazada (NT)

Cuando una especie ha sido evaluada bajo los criterios establecidos y aunque no califica para las categorías de alto riesgo, está muy cercana y probablemente califique en un futuro.
Datos deficientes (DD)

Cuando la información existente no es adecuada para evaluar el riesgo de extinción de una especie.
Baja preocupación (LC)

Cuando una especie ha sido evaluada contra los criterios pero no califica para las categorías de alto riesgo y probablemente no califique en un futuro cercano porque es abundante y con área de distribución amplia.



Categorias en el Comercio Internacional

Las especies amparadas por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) están incluidas en tres apéndices, según el grado de protección que necesiten. El comercio de las especies incluidas en los Apéndices está permitido con base en el cumplimiento de ciertos requisitos.

Apéndice I
Incluye especies en peligro de extinción. En términos generales, el intercambio con fines comerciales está restringido.

Apéndice II
Incluye especies no necesariamente amenazadas de extinción, pero cuyo comercio debe controlarse para evitar que así sea. También incluye especies que necesitan regularse por su similitud con otras. El comercio internacional se permite pero bajo ciertos requisitos.

Apéndice III
Incluye la población de la especie correspondiente a una Parte (país) que solicita el apoyo de otras Partes (países) para su protección. El comercio internacional se permite pero se regula en el país en cuestión.


Fuente: Diario Oficial de la Federación. 2002. Norma Oficial Mexicana 059-SEMARNAT-2001 Protección ambiental – especies nativas de México de flora y fauna silvestres – categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio – lista de especies en riesgo. 6 de marzo de 2002 México D.F.


http://www.biodiversidad.gob.mx/especies/catRiesMexico.html



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